EJERCICIO 2024
Nuestra entidad no se encuentra sujeta a la obligación de someter sus Cuentas Anuales del ejercicio 2024 a auditoría externa.
Esta justificación se basa en el análisis de los tres supuestos legales que generan dicha obligatoriedad:
1. Por volumen de subvenciones y ayudas públicas
De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Primera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la obligación de auditar las cuentas anuales recae sobre aquellas entidades que reciban subvenciones o ayudas con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas o a fondos de la Unión Europea por un importe total acumulado igual o superior a 600.000 euros durante el ejercicio.
Situación de la Entidad: Durante el ejercicio 2024, el importe total de las subvenciones devengadas por la Asociación HORIZONTE no ha alcanzado dicho umbral cuantitativo.
2. Por dimensiones económicas y estructura (Límites del TRLSC)
Según el Real Decreto 1491/2011 (Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos) y en concordancia con los límites establecidos en el Art. 257 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, una entidad está obligada a auditarse si, durante dos ejercicios consecutivos, reúne dos de las tres circunstancias siguientes:
Que el total de las partidas del activo supere los 2.850.000 euros.
Que el importe neto de su cifra anual de negocios (ingresos) supere los 5.700.000 euros.
Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 50.
Situación de la Entidad: La Asociación HORIZONTE no ha superado, a fecha de cierre del ejercicio 2024 ni del precedente, dos de los tres límites mencionados anteriormente. Mantenemos una estructura dimensional por debajo de los umbrales que la legislación considera necesarios para exigir la verificación obligatoria de cuentas.
3. Por disposición estatutaria o requerimiento del Protectorado
Nuestros Estatutos vigentes no imponen voluntariamente la auditoría de cuentas como requisito indispensable para la aprobación de la gestión. Asimismo, no hemos recibido requerimiento expreso por parte del Protectorado de Fundaciones y Asociaciones ni de una minoría cualificada de asociados que exija dicha verificación para el presente ejercicio.
Conclusión
En virtud de lo expuesto, la Asociación HORIZONTE formula sus Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Resultados y Memoria) bajo el principio de imagen fiel y transparencia, presentándolas ante el organismo regulador correspondiente (Protectorado/Registro de Asociaciones), pero sin el acompañamiento de un informe de auditoría de cuentas, al no concurrir ninguno de los supuestos legales que lo hacen preceptivo.
Esta exención no menoscaba nuestro compromiso con la transparencia, garantizada mediante el estricto cumplimiento de nuestras obligaciones fiscales, contables y de reporte ante nuestros socios y financiadores.